La identificación y declaración del beneficiario final es hoy uno de los pilares más relevantes de la transparencia corporativa en el Perú. Desde la entrada en vigor del Decreto Legislativo N.° 1372 y su reglamento (D.S. N° 003-2019-EF), la SUNAT ha requerido que todas las personas jurídicas y entes jurídicos informen quiénes son las personas naturales que, en última instancia, poseen o controlan la entidad.
Cumplir con esta obligación es clave. El no presentar la declaración, o presentarla de forma incorrecta o fuera de plazo, constituye una infracción tributaria. Aquí te explicamos qué es, las fechas clave, requisitos, pasos y consecuencias.
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¿Qué es la declaración de beneficiario final?
El beneficiario final es la persona natural que, en última instancia, posee o controla una persona jurídica o ente jurídico, o aquella en cuyo nombre se realiza una transacción. Esto puede suceder mediante propiedad directa o indirecta (a través de una cadena de titularidad o de control), o por otros medios que otorguen control efectivo final, como la capacidad de designar o remover directivos o tomar decisiones clave.
Si no se puede identificar a un beneficiario final por estos criterios, se considerará como tal a la persona que ocupe el puesto administrativo superior (por ejemplo, Gerencia General o Directorio).
La declaración del beneficiario final es una declaración jurada informativa, regulada en el numeral 15.3 del artículo 87° del TUO del Código Tributario, que debe presentarse ante SUNAT y que contiene la información y documentación que identifique a las personas naturales que cumplen este rol.
Cronograma 2025: fechas por etapa
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 168-2025/SUNAT, la presentación se sigue implementando de forma gradual, según los ingresos netos del contribuyente y su situación en el RUC.
Plazos establecidos:
Tramo | Ingresos netos | Fecha de presentación |
1 | Más de 100 UIT | Octubre 2025 |
2 | Más de 50 UIT hasta 100 UIT | Diciembre 2025 |
3 | Más de 25 UIT hasta 50 UIT | Julio 2026 |
4 | Más de 10 UIT hasta 25 UIT | Setiembre 2026 |
5 | Hasta 10 UIT | Noviembre 2026 |
Otros aspectos:
- Si no están en ninguno de los tramos y cumplen condiciones especiales (por ejemplo, RUC obtenido hasta el 31.12.2024 sin activación), deben presentarla hasta el vencimiento del periodo noviembre 2026.
- Las personas jurídicas y entes jurídicos constituidos o inscritos en el RUC después del 30.11.2026 deberán declarar en el periodo en que se inscriban o activen su RUC.
Para el cálculo de ingresos netos, se deben seguir los criterios y casillas indicadas en el formulario de renta anual y declaraciones mensuales según el régimen tributario aplicable, considerando la información presentada hasta el 31.10.2025.
Requisitos y documentos necesarios
Antes de presentar la declaración, la empresa debe identificar correctamente a su beneficiario final según los criterios de propiedad, control o puesto administrativo superior. Además, deberá reunir y conservar documentación que sustente la información declarada, como escrituras públicas, registros societarios, pactos de accionistas y cualquier otro documento que acredite la titularidad o el control efectivo final.
Es clave recordar que esta información no es estática: si ocurre un cambio en la titularidad, control o datos declarados, la empresa tiene 30 días hábiles para actualizar la declaración. Un error frecuente es pensar que basta con declarar una vez; sin embargo, la SUNAT puede sancionar si la información no refleja la situación real y vigente. La recomendación es implementar un sistema de monitoreo interno para detectar cambios oportunamente.
Pasos para presentar la declaración
La presentación se realiza exclusivamente a través de SUNAT Operaciones en Línea usando el Formulario Virtual N.° 3800. Existen dos modalidades:
- Sin archivo Excel: Cuando se declara a un único beneficiario final residente en el Perú, con propiedad directa de al menos el 10% del capital.
- Con archivo Excel: Para más de un beneficiario, beneficiarios no residentes o beneficiarios bajo criterios distintos a la propiedad directa. Este archivo detalla la cadena de titularidad o control y no debe superar los 2 MB.
En ambos casos, se debe ingresar la información solicitada siguiendo el instructivo oficial de la SUNAT y asegurarse de que los datos coincidan con la documentación sustentatoria.
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Consecuencias y sanciones por incumplimiento
No presentar la declaración en el plazo establecido o hacerlo con información incompleta o incorrecta puede generar sanciones. Entre las más comunes están:
- Multas calculadas en base a la UIT.
- Observaciones que pueden derivar en fiscalizaciones.
- Riesgo reputacional ante socios, inversionistas o entidades financieras.
Para evitar estas contingencias, muchas empresas recurren a un servicio de constitución de empresa, que les brinda el apoyo de asesores especializados desde el inicio.Más allá de una obligación formal, cumplir con la declaración del beneficiario final fortalece la transparencia y la reputación corporativa, aspectos cada vez más valorados en licitaciones, alianzas estratégicas y acceso a financiamiento.