¿Percibes rentas de cuarta categoría? Cuando hablamos de “cuarta categoría” nos referimos a una categoría de ingresos que se utiliza en nuestro sistema tributario para gravar los ingresos que son obtenidos por actividades profesionales, artísticas u oficios de forma independiente, aunque en este grupo también entran algunos cargos, como el de director de empresas, sindicalistas, mandatarios, y actividades similares.
Todos aquellos contribuyentes que perciben rentas de cuarta categoría tienen la obligación de declarar y pagar impuestos, según las tasas y tarifas establecidas; sin embargo, si se cumple con ciertas características, algunas personas podrían solicitar la suspensión de cuarta categoría para evitar el pago de impuesto. En esta publicación te contamos más al respecto.
Tabla de contenidos
¿Qué es la suspensión de cuarta categoría?
Básicamente, la suspensión de cuarta categoría es un beneficio fiscal que permite a los contribuyentes que se encuentran en la cuarta categoría del Impuesto a la Renta solicitar la suspensión de retenciones y pagos a cuenta.
Este beneficio se otorga con la finalidad de proporcionar un alivio tributario a las personas con ingresos más bajos o ingresos variables, lo que les permite mantener una mayor parte de sus ganancias sin tener que enfrentar retenciones o pagos a cuenta de impuestos.
El objetivo de este beneficio es incentivar la formalización de la economía y alentar a los trabajadores independientes y profesionales a cumplir con sus obligaciones tributarias de manera más sencilla. Al no retener impuestos o realizar pagos a cuenta sobre estos ingresos, se busca simplificar el proceso tributario para los contribuyentes y hacerlo más accesible.
¿Quiénes pueden solicitar la suspensión de cuarta categoría en Perú?
Las personas que pueden solicitar la suspensión de cuarta categoría son:
- Aquellos profesionales independientes y trabajadores por cuenta propia que proyectan que sus ingresos por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categoría no superarán los S/43,313.
- Además, los directores de empresas, sindicatos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o actividades similares, que proyectan percibir ingresos por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categoría que no excedan los S/34,650.
Los montos máximos para cada caso son válidos para este 2023 y suelen sufrir variaciones por año; por lo que hay que estar al tanto de estas para saber si calificas o no para la suspensión de cuarta categoría.
¿Cómo solicitar la suspensión de cuarta categoría?
El proceso para solicitar la suspensión de cuarta categoría es sencillo y se puede realizar de manera virtual. Si lo harás por tu cuenta, sigue estos pasos:
- Accede a Sunat Operaciones en Línea y dirígete a la sección «Mis trámites y Consultas».
- En la sección «Otras declaraciones y Solicitudes», encontrarás la opción «Solicito Suspensión de Retenciones 4ta Categoría» (Formulario Virtual 1609)”. Debes hacer clic en esta opción para iniciar el proceso.
- Proporciona la fecha en la que recibiste el primer ingreso por Rentas de Cuarta Categoría del año y el monto total proyectado a ganar para todo el año. Es importante que registre únicamente los ingresos de Cuarta Categoría si eres un profesional independiente, o los ingresos de Cuarta y Quinta Categorías si además estás en planilla.
Una vez completados estos pasos, el sistema verificará la información que presentaste y, si cumple con los requisitos, emitirá una constancia de autorización. La suspensión de retenciones y pagos a cuenta tendrá efecto desde el día siguiente al trámite y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre del año en curso.
La suspensión de retenciones de cuarta categoría es una oportunidad valiosa para reducir tu carga fiscal y optimizar tus finanzas personales. En caso de que necesites asesoría contable profesional para garantizar el cumplimiento de tus obligaciones, te invitamos a contactar con nuestros asesores contables.