¿Cuál es la fecha límite de gratificación julio 2025? Tienes hasta el 15 de julio para realizar el abono de la gratificación Fiestas Patrias 2025 a tus trabajadores.
¿Por qué debes hacerlo? Porque la Ley de gratificaciones Perú, Ley N°27735, indica que los trabajadores del sector privado tienen derecho a recibir dos gratificaciones al año. Una de ellas en julio, por Fiestas Patrias; y otra en diciembre por Navidad. Si necesitas asesoría laboral para gestionar las gratificaciones de tus trabajadores, ¡podemos ayudarte!
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Lo que debes saber sobre las gratificaciones 2025
Además de conocer cuándo se paga la gratificación de julio, hay algunas cosas que debes tener presente sobre este derecho laboral. En otra publicación ya hemos abordado qué es la gratificación, aquí respondemos dudas frecuentes y te contamos los errores que debes evitar.
¿A qué trabajadores les corresponde la gratificación 2025 – julio?
La gratificación por Fiestas Patrias les corresponde a todos los trabajadores del régimen privado que estén en planilla y se encuentren laborando al 15 de julio de 2025. También aplica para quienes, aunque no estén prestando servicios ese día, se encuentren en situaciones reconocidas por ley como licencias y permisos laborales, tales como vacaciones, descanso médico con subsidio, o licencias con goce de haber.
¿A todos los trabajadores les corresponde la misma gratificación?
No. El monto de la gratificación varía según el tiempo laborado, la fecha de cese y el tipo de ingreso. Estos son los casos más comunes:
- Gratificación completa: Si el trabajador laboró todo el semestre y está en planilla al 15 de julio.
- Gratificación proporcional: Si está activo al 15 de julio pero no trabajó todo el semestre.
- Gratificación trunca: Si cesó antes del 15 de julio pero trabajó al menos un mes calendario completo.
- Con comisiones u otros ingresos variables: Se calcula un promedio de lo percibido durante el semestre.
¿A todas las empresas les corresponde pagar gratificaciones?
No. La obligación de pagar gratificaciones depende del régimen laboral en el que se encuentra la empresa o el tipo de trabajador contratado. Aunque las empresas del régimen general sí están obligadas a pagarlas, hay excepciones según el régimen especial:
- Microempresas: No tienen la obligación legal de pagar gratificaciones. Solo lo hacen si así lo acuerdan expresamente con sus trabajadores.
- Pequeñas empresas: Los trabajadores en planilla tienen derecho a recibir media remuneración ordinaria mensual como gratificación .
- Régimen agrario: La gratificación ya está incluida en el pago diario, por lo que no se entrega como un bono adicional en julio o diciembre.
- Construcción civil: Sí se paga, pero el cálculo se basa en jornales mensuales y no en el semestre como en el régimen general.
- Trabajo del hogar: Se paga una gratificación, pero equivale al 50 % del sueldo mensual.
- Artistas: No reciben el pago directamente de su empleador, sino a través de un fondo especial que recauda mes a mes el equivalente al beneficio.
Además, no tienen derecho a recibir gratificaciones:
“Personas que laboren menos de 4 horas diarias o 20 semanales. Tampoco los que tengan un contrato de locación de servicios ni los practicantes.”
¿Qué pasa si no pago la gratificación?
Antes te hemos contado cuál es el plazo para pagar la gratificación, pero ¿qué ocurre si no lo haces?
En este caso, aplica una sanción al ser considerada una falta grave. La sanción amerita una multa cuyo monto varía según el número de trabajadores afectados.
Errores frecuentes al pagar la gratificación que pueden costarte una multa
1.Pagar después de la fecha: El límite para realizar el pago es el 15 de julio, si la empresa deposita después de esa fecha, incurre en una infracción grave.
– Multa máxima para microempresas: 2407.5 soles
– Pequeñas empresas: 24 075 soles
– Empresas no mype: 139 742 soles
2. No incluir a todos los trabajadores que corresponde: La empresa está obligada a pagar gratificación a todos los colaboradores que figuran en planilla al 30 de junio y que hayan trabajado durante todo el semestre. Esto incluye a quienes estén:
- De vacaciones
- Con licencia remunerada (como descanso médico o licencia por maternidad/paternidad)
- En trabajo remoto o teletrabajo
3. Errores en el cálculo de la gratificación: La gratificación equivale a un sueldo íntegro más una bonificación extraordinaria del 9% por EsSalud (o 6.75% si el colaborador está afiliado a una EPS).
- Si se calcula mal, el pago queda incompleto, lo que puede generar reclamos, infracciones laborales y multas en caso de fiscalización por parte de Sunafil.
4. No pagar la gratificación proporcional: Si el trabajador no ha laborado durante todo el periodo de enero y junio, pero si ha laborado uno o más meses dentro de ese periodo, el trabajador tiene derecho a una gratificación proporcional, un sexto de su remuneración por cada mes completo laborado.
5. No registrar ni documentar correctamente el pago: Si no se cumple con esto, se comete una infracción laboral, aunque el trabajador haya recibido el dinero. Además, en una fiscalización de Sunafil, la empresa debe acreditar este pago con boletas y registros actualizados,
¿Necesitas ayuda para pagar las gratificaciones de tus trabajadores? Consulta por nuestro servicio de asesoría laboral. ¡Podemos ayudarte!